Pago Referenciado

 

 A continuación les ejemplificamos en qué consiste el nuevo esquema de PAGO REFERENCIADO, esperamos que les sea de utilidad.

A partir de febrero del 2012todas las personas morales para los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de enero del 2012 y subsecuentes deberán utilizar el esquema del Pago Referenciado.

Este nuevo servicio de Declaraciones y Pagos se basa en la presentación directa ante el SAT de las declaraciones mensuales de impuestos. Este nuevo esquema no representa cambios cuantitativos para los contribuyentes sino cualitativos en la forma en que declaramos e informamos nuestras operaciones mensuales al fisco federal.

Lo importante a resaltar de este cambio es que la autoridad se hará de mucho mas información de nuestras operaciones reforzando considerablemente sus herramientas de fiscalización.

Ejemplificamos estos cambios:

 

Estaremos al pendiente de cualquier duda adicional que pudiera tener.

 

CP. Francisco J. Ceballos
Ceballos Contadores CECO S.C.
Asesoria Fiscal

 

 

 

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6 Respuestas to “Pago Referenciado”

  1. Ana Carpizo
    23/01/2012 at 11:25 pm #

    lOS RESULTADOS A PAGAR EN ESTE NUEVO ESQUEMA QUIEN LOS EMITIRÀ AL SAT USTEDES O NOSOTROS?

    • Francisco Ceballos
      26/01/2012 at 9:38 pm #

      Ana, hola.
      Toda la captura de la información en la pagina del SAT la haremos nosotros y ya finalizada les enviaremos a ustedes una linea de captura (archivo pdf) para que entren a su banco y realicen la transferencia. Para ustedes NO implica un mayor trabajo, incluso será mas fácil.

      Saludos

  2. juliet
    17/02/2012 at 7:03 pm #

    hola, les comento que en los pagos provisionales de enero 2012 se modifico el anexo de captura del ietu ¿esto aplica hasta para las empresas dictaminadas?

  3. francisco reyes
    21/05/2012 at 2:56 pm #

    hola buenos dias tengo una duda al respecto, al momento de capturar los datos del iva en pago referenciado si ingreso el total de gastos me da un iva acreditaBLE mayor al real debido a que las facturas de gasolina contienen el ieps debo disminuirles el ieps? o que puedo hacer para que me cuadre.

    • maru
      16/06/2012 at 5:09 pm #

      Francisco

      Es correcto debes disminuir el IEPS ya que dicho monto no es objeto del IVA

      • Jerg
        06/10/2012 at 4:51 pm #

        Lo siento, difiero de esto, el IEPS forma parte del pago que se hizo, aunque no es suceptible de aplicarle el IVA, si es parte de la operación ya que se pagó, se debe tomar para el DIOT como un impuesto y se consigna en el renglón de EXENTOS, saludos.

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